El Día Internacional contra la explotación sexual y la trata de personas, se conmemora por la Conferencia de Bangladesh, primer documento internacional contra la explotación sexual hecho en 1999 en Bangladesh-
En el año 2000 sale el documento conocido como "Protocolo de Palermo "
Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata
de personas, especialmente mujeres y niños, que
complementa la Convención de las Naciones Unidas
contra la Delincuencia OrganizadaTransnacional
Preámbulo
Los Estados Parte en el presente Protocolo,
Declarando que para prevenir y combatir eficazmente la trata de personas, especialmente mujeres y niños, se requiere un enfoque amplio e internacional en los
países de origen, tránsito y destino que incluya medidas para prevenir dicha trata,
sancionar a los traficantes y proteger a las víctimas de esa trata, en particular amparando sus derechos humanos internacionalmente reconocidos,
Teniendo en cuenta que si bien existe una gran variedad de instrumentos jurí-
dicos internacionales que contienen normas y medidas prácticas para combatir la
explotación de las personas, especialmente las mujeres y los niños, no hay ningún
instrumento universal que aborde todos los aspectos de la trata de personas,
Preocupados porque de no existir un instrumento de esa naturaleza las personas vulnerables a la trata no estarán suficientemente protegidas,
Recordando la resolución 53/111 de la Asamblea General, de 9 de diciembre
de 1998, en la que la Asamblea decidió establecer un comité especial intergubernamental de composición abierta encargado de elaborar una convención internacional
amplia contra la delincuencia transnacional organizada y de examinar la elaboración, entre otras cosas, de un instrumento internacional relativo a la trata de mujeres
y de niños,
Convencidos de que para prevenir y combatir ese delito será útil complementar
la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional con un instrumento internacional destinado a prevenir, reprimir y sancionar la
trata de personas, especialmente mujeres y niños
Argentina en el año 2008 sanciona la ley 2008
http://www.infoleg.gov.ar/
y es modificada en el año 2012 ampliando penas
Promulgada: Diciembre 26 de 2012
Fecha de Publicación: B.O. 27/12/2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Sustitúyese el artículo 2° de la ley 26.364 por el siguiente:
Artículo 2º: Se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la
recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio
nacional, como desde o hacia otros países.
A los fines de esta ley se entiende por explotación la configuración de cualquiera de los
siguientes supuestos, sin perjuicio de que constituyan delitos autónomos respecto del delito
de trata de personas:
a) Cuando se redujere o mantuviere a una persona en condición de esclavitud o
servidumbre, bajo cualquier modalidad;
b) Cuando se obligare a una persona a realizar trabajos o servicios forzados;
c) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la prostitución ajena o cualquier otra
forma de oferta de servicios sexuales ajenos;
d) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la pornografía infantil o la realización
de cualquier tipo de representación o espectáculo con dicho contenido;
e) Cuando se forzare a una persona al matrimonio o a cualquier tipo de unión de hecho;
f) Cuando se promoviere, facilitare o comercializare la extracción forzosa o ilegítima de
órganos, fluidos o tejidos humanos.
El consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá
en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los
autores, partícipes, cooperadores o instigadores.
ARTICULO 2° — Deróganse los artículos 3° y 4° de la ley 26.364.
Alerta Vida ONG/NGO Internacional
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