jueves, 21 de marzo de 2013

Arg- El trabajo infantil tiene penas de prisión


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HASTA CUATRO AÑOS DE CÁRCEL PARA LOS EMPLEADORES QUE CONTRATEN NIÑOS MENORES DE 16 AÑOS

El Senado aprobó ayer por unanimidad y convirtió en ley un proyecto del Ejecutivo que incorpora al trabajo infantil como un delito del Código Penal. Hasta ahora estaba sancionado con multa. No habrá penas para los padres.

El Senado aprobó por unanimidad una ley que castiga con prisión de hasta cuatro años a quien se aproveche del trabajo infantil. La normativa, que modifica el Código Penal, fue impulsada por el Poder Ejecutivo nacional y fue votada ayer luego de haber obtenido la media sanción en la Cámara baja. Hasta ahora, quien hacía trabajar a niños o niñas sólo era castigado con multas. La ley se aplica a menores de 16 años o a menores de 18 si se tratara de trabajos peligrosos. La única excepción es el “trabajo artístico”, por ejemplo en películas o publicidades, pero a condición de que las condiciones psicofísicas de esa actividad sean evaluadas y aprobadas caso por caso. La ley exime expresamente de las penas a los padres o guardadores del menor, ya que “los padres que mandan a sus hijos a trabajar son los más vulnerables y nada se logra criminalizando a la parte más débil de una sociedad; encarcelarlos implicaría revictimizar a los niños al separarlos de sus padres”, explicaron fuentes del Ministerio de Trabajo y del Senado. Según datos del Indec, el trabajo infantil bajó un 66 por ciento entre 2004 y 2012. Carlos Tomada, ministro de Trabajo de la Nación, sostuvo que “estamos construyendo un país sin trabajo infantil”. “El lugar de los chicos debe ser la escuela”, subrayó el senador Daniel Filmus.
La ley establece que se incorpora “como artículo 148 bis del Código Penal el siguiente: Será reprimido con prisión de uno a cuatro años el que aprovechare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importe un delito más grave. Quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente. No será punible el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta”.
Carlos Tomada, ministro de Trabajo de la Nación, sostuvo que “éste es un importantísimo avance, en línea con lo que venimos haciendo en los últimos años frente a esta problemática que pretendemos erradicar en nuestro país. A partir de ahora, si alguien quiere seguir aprovechándose de nuestros niños y niñas, sabrá que, además de las importantes multas que ya estaban vigentes, irá a la cárcel, por lo cual el efecto disuasorio será mucho mayor”. El funcionario afirmó que “no tiene que haber ni un solo niño que trabaje en la Argentina. El trabajo infantil es un ejercicio vergonzante para la condición humana y vamos a seguir luchando por su erradicación definitiva. Estamos construyendo un país sin trabajo infantil”.
El Ministerio de Trabajo de la Nación precisó que “la Argentina define trabajo infantil como ‘toda actividad económica y/o estrategia de supervivencia, remunerada o no, realizada por niñas o niños, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo, o que no han finalizado la escolaridad obligatoria o que no han cumplido los 18 años si se trata de trabajo peligroso’”. Una fuente de esa cartera señaló que la ley comprende a los niños de hasta 16 años, “ya que, hace dos años, la Ley 26.390 elevó a 16 años la edad mínima para la admisión a un empleo, salvo para el trabajo artístico, y sólo bajo autorización para cada caso concreto a partir de evaluar una serie de factores, de modo que no se afecte la salud psicofísica del niño”.
En cuanto a la no penalización de los padres y guardadores, Pedro Guastavino (Frente para la Victoria), presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado, explicó que “los padres que mandan a sus hijos a trabajar son aquellos que no tienen cómo evitarlo, los más vulnerables. Nada se logra criminalizando a la parte más débil de una sociedad. Si una familia se encuentra en la situación más extrema de pobreza, al punto de tener que enviar a sus hijos a trabajar, cómo podemos pensar que sería mejor para ese chico que sus padres estén presos. Creemos que eso es criminalizar la pobreza, porque nadie manda a sus hijos a la calle si no es por necesidades básicas insatisfechas”.
La fuente del Ministerio de Trabajo agregó que “penalizar a los padres y madres o a los adultos que ejercen roles parentales implicaría revictimizar no sólo a estos últimos, sino también a los propios niños y niñas. Esto se debe a que, en caso de que la medida penal tuviera como consecuencia el encarcelamiento, significaría la separación de los menores de edad del grupo familiar, lo que es contrario a la Convención de los Derechos del Niño”.
En cambio, subrayó Guastavino, “esta ley apunta directamente a los empresarios urbanos y rurales que, buscando mayores ventajas económicas, explotan laboralmente a menores”. El senador observó que “la implementación de la Asignación Universal por Hijo marca un punto de inflexión, en la medida en que se establece un umbral de ingresos para los padres, permitiendo a las familias liberar a sus hijos de las actividades laborales y volcarlos a la escolarización”.
La fuente de la cartera laboral señaló que “entre 2004 y 2012, el trabajo infantil en la Argentina se redujo un 66 por ciento. Esto se obtiene de comparar los datos de la Primera Encuesta de Trabajo Infantil, en 2004, con los de la Encuesta Permanente de Hogares, a la que, desde 2012, se incorporó como ítem el trabajo infantil. En 2004 había unos 450 mil niños y niñas trabajando en la Argentina, que a fines de 2012 se habían reducido a unos 180 mil”.
El Ministerio de Trabajo recordó que “la realización de cualquier modalidad de trabajo infantil por debajo de la edad mínima de admisión del empleo o trabajo tiene consecuencias perjudiciales para el desarrollo físico, psíquico y social del niño o niña, restringiendo el disfrute de los derechos fundamentales para su crecimiento y desenvolvimiento”.
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-216234-2013-03-21.html


El Senado aprobó la ley para prohibir el trabajo infantil- Telam 21-3-13

El Senado Nacional convirtió en ley un proyecto para sancionar a quienes promuevan el trabajo infantil, aunque exceptúa de las penalidades a los padres, tutores y guardantes de los menores de edad.
La iniciativa fue aprobada por unanimidad por todos los bloques que conforman la Cámara alta, en un debate que fue seguido por el ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada, desde uno de los palcos del recinto.
El proyecto modifica el Código Penal al agregar el artículo 148 bis, que establece que será reprimido con prisión “de uno a cuatro años” al que “aprovechare económicamente” el trabajo de un “niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave”.
No obstante, la norma exceptúa de la penalización “las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”, en referencia a los trabajos que, por ejemplo, se realizan en talleres de escuelas técnicas.
El último párrafo de la Ley también advierte que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador” del menor que “incurriere en la conducta descripta”.
La norma fue debatida solamente en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, pero no en la de Trabajo, algo que fue reclamado por la UCR.
El radicalismo, en el debate en particular en el recinto de sesiones, también destacó su oposición con uno de los párrafos de la ley, al criticar que no se contempla la legislación laboral para penalizar el trabajo infantil.
El presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, el entrerriano Pedro Guastavino, justificó que no se pene a los padres argumentando que “mal podemos ayudar a ese sector vulnerable persiguiendo penalmente” a los progenitores y "metiéndolos presos".
“La persecución debe estar dada a esos empresarios que explotan a los niños para sacar provecho económico”, sentenció el legislador kirchnerista para luego decir que “lo importante es tener una Ley posible y permitir cerrar este círculo para que haya una persecución penal, porque no bastaron los controles y las multas”.
Sin embargo, el radicalismo se quejó porque la norma contradice la Ley de Trabajo que prohíbe el trabajo infantil y que establece que sólo pueden trabajar los menores de entre 14 y 16 años siempre que lo hagan en una empresa familiar y durante no más de 15 horas semanales.
En ese sentido, el formoseño Luis Naidenoff dijo que “donde están los chicos limpiando los autos, están los padres en las esquinas enviándolos a trabajar”.
Por el contrario, el jefe del bloque de senadores del Frente para la Victoria, Miguel Angel Pichetto, pidió “acompañar esta ley sin tantas pontificaciones” y aprovechó para fustigar los dichos de la justicialista disidente por Salta, Sonia Escudero, quien había dicho en su discurso que en su provincia “las niñas se embarazan para cobrar la Asignación Universal y no trabajar”.
“No quiero responder esos discursos de señora gorda que dice que las chicas se embarazan para no trabajar”, sentenció.
Al mismo tiempo, el bonaerense Aníbal Fernández dijo que si bien la explotación infantil “es una realidad penosa”, destacó que el proyecto aprobado hoy “es un paso más”.
“No condicionemos esto a una situación penal porque le estaremos creando a los padres una condición diez veces más grave. La solución no es mágica”, sentenció.
En el mismo sentido se expresaron la justicialista disidente Liliana Negre de Alonso y el integrante del interbloque del FAP, Luis Juez, quienes coincidieron en votar el proyecto que “solamente incorpora al Código Penal una figura delictiva que antes no existía”.

http://www.telam.com.ar/notas/201303/11005-el-senado-aprobo-la-ley-para-prohibir-el-trabajo-infantil.html?fb_action_ids=437530236326355&fb_action_types=og.recommends&fb_source=other_multiline&action_object_map={%22437530236326355%22%3A450252238382554}&action_type_map={%22437530236326355%22%3A%22og.recommends%22}&action_ref_map=[]

http://www.parlamentario.com/noticia-52641.html


ARGENTINA: El trabajo infantil será castigado con hasta cuatro años de prisión- Alianza x tus derechos- 22-3-13

Por Misiones On Line - Argentina
El Senado aprobó por unanimidad el proyecto que pena con hasta cuatro años de prisión a quienes cometan el delito contra menores de 16 años. Quedan exceptuados el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña.
Los senadores aprobaron por unanimidad el proyecto que había recibido en 2012 media sanción de Diputados referido a las penas para quienes promuevan la explotación laboral infantil.
Entre los fundamentos, se expresa que “el trabajo infantil en cualquiera de sus condiciones y tanto en el ámbito urbano como en el rural vulnera los derechos del niño o niña y lejos de ser un remedio para las familias pobres, intensifica y perpetúa la vulnerabilidad”.
El texto modifica el Código Penal al agregar el artículo 148 bis que establece que “será reprimido con prisión de 1 a 4 años, el que promoviere, facilitare, aprovechare o explotare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importe un delito más grave”.
“La pena de prisión será de 3 a 6 años cuando la utilización del trabajo del menor de 16 años se efectuare en actividades riesgosas, inseguras o peligrosas, de acuerdo a la calificación que sobre las mismas determinan las normas de higiene y seguridad en el trabajo”.
No obstante, la norma exceptúa de la penalización “las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”, en referencia a los trabajos que, por ejemplo, se realizan en talleres de escuelas técnicas.
El proyecto fue votado, de manera unánime, por 63 senadores, aunque el radicalismo no acompañó el segundo párrafo del articulado, que señala que “quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”.
Los senadores Gerardo Morales (Jujuy) y Liliana Negre de Alonso (San Luis), del radicalismo y peronismo disidente, respectivamente, pidieron la vuelta a comisión del proyecto. El primero solicitó “modificaciones en el tercer párrafo, con los casos que exceptúa la norma” como por ejemplo, los padres, mientras que la legisladora puntana se quejó porque en el texto no queda claro “el verdadero responsable intelectual de la violación de los derechos de los niños”. El último párrafo de la legislación también advierte que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador” del niño que “incurriere en la conducta descripta”.
Según explicaron, la intención de la ley no es penar las conductas de aquellas familias cuyos integrantes trabajan, por ejemplo, en labores rurales. La postura misionera
La senadora por Misiones, Sandra Giménez, afirmó que se trata de “un gran paso y un gran avance que debe ser tomado como herramienta para continuar con la lucha porque un chico que es dañado en su vida primaria quizás sea un chico que no tenga la posibilidad de seguir para adelante en igualdad de oportunidades”.
Asimismo, consultada por el caso de cientos de niños que trabajan a diario en las calles limpiando vidrios o vendiendo en la vía pública o en transportes de pasajeros, explicó que los padres o tutores también están exceptuados de la pena en estos casos bajo la figura del “trabajo urbano” y agregó que en el supuesto que se decida hacer la denuncia ya sea de oficio, por un tercero o bien por el mismo Estado, regirá un esfuerzo interpretativo de la denuncia efectuada y de la justicia en su aplicación.
“De todas formas para estas situaciones particulares que forman lamentablemente parte de la vida cotidiana de muchos chicos, existen otras figuras penales”. http://www.misionesonline.net/noticias/20/03/2013/el-trabajo-infantil-ser-castigado-con-hasta-cuatro-a-os-de-prisi-n

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