El proyecto ya cuenta con media sanción de Diputados
La iniciativa modifica el Código Penal al agregar el artículo 148 bis.
El Senado debatirá mañana un proyecto de ley
para penar a quienes promuevan el trabajo infantil, que de ser aprobado
se convertirá en Ley ya que cuenta con media sanción de Diputados desde
el año pasado.
La iniciativa fue respaldada por el ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada, en la reunión que la semana pasada celebró la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara Alta.
El proyecto modifica el Código Penal al agregar el artículo 148 bis que establece que será reprimido con prisión “de uno a cuatro años” al que “aprovechare económicamente” el trabajo de un “niño o niña en violación de las normas nacionales que prohiben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave”.
No obstante, la norma exceptúa de la penalización “las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”, en referencia a los trabajos que, por ejemplo, se realizan en talleres de escuelas técnicas.
El último párrafo de la norma también advierte que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador” del menor que “incurriere en la conducta descripta”.
Según explicaron fuentes de la Comisión de Justicia, la intención de la ley no es penar las conductas de aquellas familias cuyos integrantes trabajan, por ejemplo, en labores rurales.
Además, los jefes de los bloques con representación en el Senado decidieron comenzar la sesión a las 14, con la intención de darle tiempo a los legisladores que viajaron al Vaticano para asistir hoy a la entronización del Papa Francisco a que retornen de su periplo.
http://www.eltribuno.info/salta/Note.aspx?Note=262746
La iniciativa fue respaldada por el ministro de Trabajo de la Nación, Carlos Tomada, en la reunión que la semana pasada celebró la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara Alta.
El proyecto modifica el Código Penal al agregar el artículo 148 bis que establece que será reprimido con prisión “de uno a cuatro años” al que “aprovechare económicamente” el trabajo de un “niño o niña en violación de las normas nacionales que prohiben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave”.
No obstante, la norma exceptúa de la penalización “las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”, en referencia a los trabajos que, por ejemplo, se realizan en talleres de escuelas técnicas.
El último párrafo de la norma también advierte que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador” del menor que “incurriere en la conducta descripta”.
Según explicaron fuentes de la Comisión de Justicia, la intención de la ley no es penar las conductas de aquellas familias cuyos integrantes trabajan, por ejemplo, en labores rurales.
Además, los jefes de los bloques con representación en el Senado decidieron comenzar la sesión a las 14, con la intención de darle tiempo a los legisladores que viajaron al Vaticano para asistir hoy a la entronización del Papa Francisco a que retornen de su periplo.
http://www.eltribuno.info/salta/Note.aspx?Note=262746
El Senado tratará el proyecto que impone penas por explotación laboral infantil
19-3-2013 Parlamentario.com
La Cámara alta sesionará este miércoles, desde
las 13.30, para sancionar una iniciativa avalada por Diputados el 21 de
noviembre del año pasado. Además se debatirán cuatro acuerdos
internacionales y la aprobación de los pliegos de un juez y un militar.
El pleno del Senado
sesionará este miércoles, desde las 13.30, para sancionar un proyecto de
ley que propone una pena de uno a cuatro años de prisión a quien ejerza
la explotación laboral de menores.
La iniciativa en cuestión, que ya cuenta con el aval de la Cámara baja, establece que la pena afecte al “que promoviere, facilitare, aprovechare o explotare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importe un delito más grave”.
Además, el texto –se incorpora el artículo 148 bis al Código Penal- señala que “quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”, y que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta”.
Durante la sesión que realizará el pleno de la Cámara alta también se debatirán cuatro acuerdos internacionales, y la aprobación de los pliegos de un juez y un militar.
La iniciativa en cuestión, que ya cuenta con el aval de la Cámara baja, establece que la pena afecte al “que promoviere, facilitare, aprovechare o explotare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importe un delito más grave”.
Además, el texto –se incorpora el artículo 148 bis al Código Penal- señala que “quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente”, y que “no será punible el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta”.
Durante la sesión que realizará el pleno de la Cámara alta también se debatirán cuatro acuerdos internacionales, y la aprobación de los pliegos de un juez y un militar.
http://www.parlamentario.com/noticia-52618.html
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