miércoles, 23 de enero de 2013

Arg- Reg Centro-Córdoba: Aspectos legales del conflicto Malvinas Argentinas/Monsanto

Martes 22 de enero de 2013 » AnRed- Por   redaccion@anred.org

Por Federico J. Macciocchi, para ECOS Córdoba
La empresa Monsanto tiene el permiso de la Municipalidad de Malvinas Argentinas en la provincia de Córdoba para instalar una planta cuya producción será destinada al biodiesel, aún sin conocerse el informe de impacto ambiental. Falta el permiso de la provincia de Córdoba para que la planta pueda operar, pero los vecinos y vecinas se movilizan contra del emprendimiento de una multinacional que tiene vastos antecedentes por contaminación en distintos países.
Llama la atención lo “complicado” que les ha resultado a los medios de comunicación informar sobre lo que está sucediendo en la ciudad de Malvinas Argentinas con respecto a la instalación de Monsanto.
Esta curiosa “dificultad” ha provocado que ciertas notas periodísticas desviaran el quid de la cuestión. Tal el caso del diario de mayor circulación de la ciudad, que publicó “No creen que la consulta pública sea lo más relevante”[i]; “Monsanto, con pase libre para construir en Malvinas Argentinas”[ii]; “Ambientalistas preparan nuevas protestas y 1.600 vecinos ya piden trabajo”[iii]. Pero la “confusión” más grande de este medio se advierte en el artículo “Recién en tres meses se decidirá sobre la radicación de Monsanto”[iv]. Allí se intenta brevemente explicar qué producirá la firma Monsanto en Malvinas y en qué consistió el planteo por parte de los vecinos. Entonces se informa que la planta estará en el corredor de la industria alimenticia, cuando en realidad la producción será destinada al biodiesel, y no a la industria de los alimentos. 
También se desinforma cuando, al hacer referencia al planteo judicial relacionado al caso se señala que el fiscal rechazó el pedido de paralización de las obras, cuando en verdad la causa judicial se inicia a partir de una acción de amparo[v] presentada ante un juez, no ante una fiscalía.
Se trata de equivocaciones groseras. Por eso, como abogado de la causa, considero imprescindible explicar cómo se han planteado los hechos.

Resulta oportuno destacar cómo el término “ambientalista” es utilizado para denostar, ridiculizar o relativizar un reclamo que encuentra su fundamento en una norma constitucional y legal. Se pretende de esta manera, instalar en el imaginario colectivo que se trata de una especie de ideología que iría en contra de cierto orden (normativo inclusive en muchos casos).
Lo que quiero decir es que hoy el ambiente es un derecho y es una obligación, reconocidos de manera expresa por nuestra Carta Magna. A más de 18 años de este reconocimiento, nuestros poderes públicos parecen no haber tomado razón.
La Constitución Nacional en su artículo 41, reconoce de manera expresa el derecho de todos los habitantes de la Nación a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, en el cual las actividades que se lleven adelante en el presente no comprometan las generaciones futuras. Pero además de reconocer este derecho, también establece la obligación a todos los habitantes a preservarlo. 

Anuncio presidencial y correspondiente reacción del pueblo
En momentos en los que se estaba llevando adelante el primer juicio penal por contaminación con agrotóxicos en Barrio Ituzaingó, desde Nueva York en julio de 2012 la presidente Cristina Fernández anuncia la radicación de Monsanto en la ciudad de Malvinas Argentinas. 
Los vecinos de esa ciudad se enteran a través de los medios y comienzan a preocuparse y agruparse en asambleas para tomar conciencia al respecto.
Informes de la cátedra de Biología Evolutiva de la Facultad de Psicología de la U.N.C. y FUNAM, y de la Red Universitaria de Ambiente y Salud – Pueblos Fumigados dan cuenta de cómo afectará al ambiente la industria que pretende instalarse en la ciudad de Malvinas Argentinas. 
Se realizan marchas y movilizaciones por parte de los vecinos para manifestarse en contra del emprendimiento de una multinacional que tiene vastos antecedentes por contaminación en distintos países.
Se solicita a la administración local que se realicen los estudios de impacto ambiental y que se le dé participación al pueblo de Malvinas conforme lo establece la Ley General del Ambiente. 

Acción de amparo y los derechos que están en juego
Ante el silencio por parte de las autoridades, con fecha 24 de septiembre de 2012 se presenta una acción de amparo[vi] a fin de que previo la autorización a que se instale la cuestionada empresa, se cumpla con los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y se articule para que el pueblo pueda expresarse al respecto. 
Ese mismo artículo de la Constitución que reconoce el derecho al ambiente sano, establece que una ley fijará los presupuestos mínimos de protección ambiental al cual todas las provincias quedarán adheridas. Es decir, las provincias y municipios pueden legislar sobre medioambiente pero no pueden reducir la protección establecida en esa ley. 
De esta manera esa ley de presupuestos mínimos (Ley 25675) establece que “toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución” (art. 11) y que “toda persona tiene derecho a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general” (art. 19); “las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente. La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; pero en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública” (art. 20); “La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados” (art. 21). 
Mientras la causa se encuentra paralizada hasta tanto los tribunales retomen su normal actividad luego del receso de la feria judicial, la Municipalidad de Malvinas, demandada en el proceso de amparo, otorgó autorización para construir las instalaciones de Monsanto. 
Ello motivó a que presentáramos un pedido de medida cautelar por el cual el juez dé la orden de no innovar o paralizar la obra hasta tanto esa acción de amparo sea resuelta. 

Conclusión
Entiendo que esta sucinta explicación es un aporte para que el lector pueda conocer adecuadamente el costado jurídico del conflicto. Se ha permitido la construcción y se está avalando la instalación de Monsanto, una empresa denunciada internacionalmente por contaminación, y todo ello en una flagrante violación a todas nuestras normas que resguardan el ambiente. Esta resistencia llevada adelante por los habitantes de Malvinas Argentinas demuestra la convicción del pueblo, que tiene claro que la oferta laboral o el progreso económico no puede estar por encima del ambiente, de la salud, ni de la vida. 

Por Federico J. Macciocchi. Abogado patrocinante de vecinos de Malvinas Argentinas, Presidente del Club de Derecho.

[i] HYPERLINK “http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...; http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...
[ii] HYPERLINK “http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...; http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...
[iii] HYPERLINK “http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...; http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...
[iv] HYPERLINK “http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...; http://www.lavoz.com.ar/noticias/po...
[v] “Club de Derecho y otros c/ Malvinas Argentinas – Amparo” (expte. 218019/37).

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Mentir, mentir y mentir que algo quedará

http://www.anred.org/spip.php?article5750

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