miércoles, 17 de agosto de 2011

ARG- NOA- El Estado otorgará una pensión a menores víctimas de abuso sexual

17-8-11 Misiones- La pensión graciable de asistencia tendrá carácter mensual y equivaldrá al 70 por ciento del salario vital y móvil.
Se otorgará desde el momento en que quede firme el auto de procesamiento, hasta la mayoría de edad de la víctima. En la misma sesión se sancionó la nueva ley de Catastro Provincial.
La Cámara de Diputados aprobó anoche una ley que establece el otorgamiento de una pensión graciable de asistencia. El objetivo es brindar contención económica y social a los menores de edad, y a su grupo familiar conviviente, víctimas de delitos contra la integridad sexual imputados a los responsables de la asistencia económica familiar.
La pensión graciable de asistencia tendrá carácter mensual y equivaldrá al 70 por ciento del salario vital y móvil. Se otorgará desde el momento en que quede firme el auto de procesamiento, hasta la mayoría de edad de la víctima, según el proyecto de ley de los diputados Salvador Cabral y Carlos Rovira .
El beneficio podrá ser solicitado, en representación de la víctima menor de edad, por la madre, el padre o quien ejerza su guarda, tutela o curatela, siempre que no hayan sido imputados por el delito.
Las partidas presupuestarias para el otorgamiento de la pensión serán imputadas al Ministerio de Gobierno, que a su vez será la autoridad de aplicación, a través de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad.
En los fundamentos, Cabral explicó que “el proyecto de ley trata de enervar uno de los efectos inmediatos que ocasiona este fenómeno que afecta la calidad de vida de la víctima y su entorno familiar, ¿cuál es? el daño económico”.
El legislador indaga “¿qué ocurre cuando la víctima es un menor de edad y es abusado por quien tiene a su cargo el sustento económico o material del hogar, y que como consecuencia de este hecho el autor queda privado de su libertad?, la respuesta es simple, concreta y real, si al autor del hecho delictivo se lo priva de libertad, la víctima y su entorno familiar quedarán en un estado de pobreza o de indigencia desesperante”.
“Teniendo en cuenta el rol esencial que debe cumplir el estado de asistir y atender esta grave problemática social, nuevamente nos debemos formular el siguiente interrogante, ¿qué mecanismo se puede utilizar para paliar esta situación singular, y así, la persona facultada para denunciar el hecho delictivo lo haga sin temor y con total y absoluta libertad y responsabilidad? La respuesta siempre refiriéndonos al caso concreto, indubitablemente es, a través de una ayuda o asistencia de carácter patrimonial por parte del Estado provincial, que permita digna y decorosamente la subsistencia del grupo familiar”, enfatiza el diputado.

Ley de catastro
En la misma sesión se sancionó la nueva ley de Catastro Provincial, que se convertirá en un registro de hecho de objetos territoriales legales, basado en la mensura de sus límites, deslindado conforme al derecho de propiedad emergente de los títulos invocados o de la posición ejercida, y constituirá la base de su sistema inmobiliario para el ejercicio del poder de policía, y en materia tributaria y de ordenamiento administrativo del dominio público o privado.
Entre sus funciones estarán las de publicar el estado de hecho de los objetos territoriales de dominio público y privado; contribuir como sistema de información territorial a la elaboración del plan estratégico provincial; establecer el estado parcelario de los inmuebles y verificar su subsistencia; y contribuir a elaborar la infraestructura de datos geoespaciales de la provincia.
Además, servirá para elaborar datos económicos y estadísticos de base para la legislación de tributación inmobiliaria y la acción de planeamiento; establecer y determinar con participación de la Dirección General de Rentas la base imponible del impuesto inmobiliario; registrar la incorporación de las mejoras accedidas a las parcelas y determinar su valuación, entre otros objetivos.
En los fundamentos de la iniciativa el Ejecutivo cita a la ONU como la organización mundial que “considera que el progreso de los pueblos se mide por el estado de su catastro; un país organizado, debe contar con esta herramienta para poder planificar su futuro”.
“Por ello esta ley pretende adecuar los objetivos y finalidades del Catastro, a las exigencias del gobierno y sociedad actual, influenciados por el avance tecnológico y la globalización de la utilización de los datos que brinda el Catastro, facilitando una acabada información, como asimismo compatibilizar los lineamientos e incorporaciones observadas en el catastro nacional con los catastros provinciales”, expresa.

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